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Contenidos del post:
Los sujetos pasivos del Impuesto sobre sociedades o IS están obligados a presentar una declaración- liquidación anualmente en la AEAT.
El plazo es de 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo, generalmente será entre el 1 y el 25 de Julio de cada año.
Esto siempre que la empresa empiece el ejercicio a fecha 1 de enero.
Se debe declarar incluso en el caso de pérdidas.
Si estás obligado a tributar por el impuesto de sociedades, las declaraciones que deberás presentar son:
La presentación de todos estos modelos debe realizarse obligatoriamente por Internet en el caso de sociedades limitadas, sociedades anónimas.
También sujetos pasivos que se califiquen como grandes empresas y todas aquellas entidades que deban cumplimentar el formulario de datos adicionales a la declaración referente a las correcciones al resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias o a determinadas deducciones.
Además de la obligación de presentar la declaración – liquidación anual, las sociedades sujetas al impuesto están obligadas a realizar pagos fraccionados y retenciones.
La empresa realiza unos pagos a cuenta del importe a pagar en la próxima declaración.
Cuando llega la presentación del siguiente Impuesto de Sociedades, Hacienda hace cuentas con la empresa en cuestión y le descuenta los pagos ya hechos o le devuelve dinero en caso de que la empresa haya tenido menos beneficios o pérdidas, y por tanto, haya pagado de más.
Pagos fraccionados: Se han de realizar en los 20 primeros días de los meses de abril, octubre y diciembre.
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Por Yolanda Cuesta
Economista especializada en Contabilidad y formadora en Excel, Power BI y Power FX a todos los niveles. MVP Excel por Microsoft desde 2014 a 2024.
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